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Unión temporal de empresas ( UTES )

Las circunstancias del mercado de la construcción, en especial el de Obra Pública, unas veces por el volumen y otras por la especial complejidad técnica de las mismas, imponen en ocasiones la colaboración entre varias Empresas para la realización de una obra.

Para determinar la clasificación de una UNION TEMPORAL DE EMPRESAS puede consultar el articulo 52 del reglamento de la Ley de Contratos del Estado que regula la acumulación de grupos y categorías de las empresas que forman una U.T.E.

Si ustedes desean que calculemos la clasificación de la UTE, cumplimente la clasificación de las empresas que van a formar parte de la UTE y nosotros nos pondremos en contacto con ustedes para informantes de la clasificación resultante de la misma.

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